Publicado: 2021-01-08
a map of Germany in colours of German flague and a text: Germany! Short-fills and long-fills must be TPD notified. Register your nicotine-free e-liquids nows!

Los e-líquidos y cigarrillos electrónicos sin nicotina deben ser notificados bajo la TPD en Alemania. Recientemente, las autoridades alemanas han aprobado una nueva ley sobre productos de vapeo sin nicotina. La nueva regulación equipara los productos de vapeo sin nicotina con los e-líquidos estándar que contienen nicotina. Esto supone un cambio importante tanto para fabricantes como para minoristas de e-líquidos. Compruebe lo que necesita saber para mantener sus ventas en Alemania.

Saber más:

regulaciones de la industria de e-líquidos

Los e-líquidos y cigarrillos electrónicos sin nicotina deben cumplir con la TPD en Alemania

El motivo de estos cambios es la enmienda a la TobakerzG, aprobada el 23 de octubre de 2020, que equipara los e-líquidos sin nicotina con los que contienen nicotina. El Anexo 2 de la TobakerzV, que regula la composición de los cigarrillos electrónicos y los envases de recarga, se aplica a partir de ahora también a los líquidos para cigarrillos electrónicos sin nicotina. En consecuencia, existe una necesidad de actuación por parte de los minoristas para mantener la comercialización de sus productos sin nicotina. La ley aprobada se puede encontrar aquí.

Véase también:

Los e-líquidos sin nicotina deben ser notificados en Alemania bajo la regulación TPD: ¿qué debe hacer?

Según la nueva legislación en Alemania, los líquidos para cigarrillos electrónicos que no contienen nicotina deben ser analizados en términos de emisiones. Si la composición del e-líquido sin nicotina ya es conocida, el fabricante facilita la composición a la autoridad competente; si no, también debe ser analizada. Los resultados de las pruebas de emisión o la composición de los e-líquidos deben comunicarse al EU-CEG.

Le animamos a consultar nuestro:

  • Artículo sobre pruebas y registro TPD. Hemos descrito allí toda la información más importante sobre la notificación TPD y las pruebas de laboratorio TPD con mayor detalle.
  • Libro electrónico gratuito Guía de regulaciones de la industria de e-líquidos, donde cubrimos información práctica sobre las regulaciones legales de la industria en la Unión Europea, pero también en los EE. UU. y países fuera de la UE.

E-líquidos y cigarrillos electrónicos sin nicotina deben notificarse bajo la TPD en Alemania: ¿cuál es el plazo?

La nueva regulación entró en vigor el 1 de enero de 2021. En consecuencia, si a partir del nuevo año deseamos vender líquidos sin nicotina en el mercado alemán, estos requerirán el registro TPD y la verificación de ingredientes. Pero, ¿cuál es el cronograma exacto?

  • Si su producto ya estaba presente en el mercado alemán en 2020: tiene 6 meses para registrarlo de acuerdo con la nueva legislación;
  • Si desea introducir un producto completamente nuevo en el mercado alemán: debe notificar su producto y esperar 6 meses antes de poder introducirlo en el mercado.

Pero, ¿qué sucede si no analizó ni registró los líquidos antes del 01/01/2021?

El periodo de venta para productos de e-líquido no reportados finaliza el 31 de marzo de 2021

Debe registrar los e-líquidos que están actualmente disponibles en el mercado a más tardar 6 meses después de la fecha de entrada en vigor de las nuevas regulaciones, es decir, el 1 de enero de 2021.

Sin embargo, si no desea registrar los productos sin nicotina en la TPD, puede liquidar sus existencias antes del 31 de marzo de 2021.

Además, los e-líquidos sin nicotina se equiparan ahora en cuanto a requisitos de composición con los líquidos con nicotina. En Alemania, existe una lista especial de sustancias prohibidas que puede ampliarse en cualquier momento.

Véase también:

Nuevas reglas de notificación TPD en Alemania: ¿qué necesita saber?

Resumamos la información más importante sobre las nuevas reglas TPD en Alemania:

  • Restricciones en publicidad: Al igual que los líquidos con nicotina, desde el 1 de enero de 2021, no se pueden anunciar premixes ni longfills en los medios de comunicación masivos.
  • Sin necesidad de envases de 10 ml: Los líquidos sin nicotina no tendrán un límite de 10 ml por envase, ni el requisito de una advertencia especial de nicotina en el paquete. Esta restricción permanece solo para los líquidos con nicotina.
  • Periodo de transición de 6 meses: La nueva regulación entró en vigor el 1 de enero de 2021. Si el líquido sin nicotina estaba en el mercado antes de esta fecha, hay 6 meses para registrarlo a partir del 1 de enero de 2021.
  • Los shortfills también deben ser notificados en la TPD: Los shortfills también entran en esta definición ampliada nacionalmente de envase de recarga según el Art. 2 No. 17 de la Directiva TPD.

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